OPINION. Enseñar a reclamar, debe ser la principal meta y el mayor logro del Defensor del Pueblo‏





“Regálale un pez a un hombre y comerá un día. Enséñale a pescar y comerá toda la vida…”

Aunque en términos pedagógico se pretende eliminar la palabra enseñar, no encuentro un sinónimo adecuado que comunique más que esa, para que el Defensor del Pueblo Dominicano lo asuma.

Muchos se preguntan: ¿para que existe un Defensor del Pueblo, qué es lo que va a hacer que ya no lo hagan otros organismos?

Por ejemplo tenemos a PROCONSUMIDOR, para la protección de  los derechos del consumidor.

Tenemos a PROTECOM y la Superintendencia de Electricidad para la protección de los abusos  excesos o mal servicios que puedan cometer las distribuidoras de electricidad contra sus clientes o usuarios.

Tenemos el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo para los abusos de la administración o afines.

Existe la Defensoría Pública para los derechos de los internos y la garantía de asistencia gratuita y de calidad para quien no se pueda pagar una defensa o por cualquier causa no tenga una.

Tenemos el INDOTEL, para los reclamos de las telefónicas y el espectro radial

Tenemos la DIDA  LA SISALRIL, para el reclamo de los abusos de las prestadoras de servicios de salud y los riesgos laborales

Tenemos las altas cortes; el Tribunal Superior Electoral para los asuntos relacionados con la protección de los derechos de esa rama y tenemos el Tribunal Constitucional para la protección general y  la violación de los Derechos Constitucionales.

Pero  a todo eso, el Estado en sí, existe conforme a la propia Constitución  para la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

Viendo todo esto, cabe preguntarse y… ¿para qué el Defensor del Pueblo entonces?  Esa respuesta la encontramos en la propia Constitución cuando en su artículo 191establece que La función esencial del Defensor del Pueblo es contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos establecidos en esta Constitución y las leyes, en caso de que sean violados por funcionarios u órganos del Estado, por prestadores de servicios públicos o particulares que afecten intereses colectivos y difusos.

Al analizar la frase  contribuir a salvaguardar colegimos que la Constitución no pone al Defensor del Pueblo como único guardián de los Derechos  o Garantías Fundamentales, sino que le manda a ayudar, a contribuir, pues salvaguardar esos derechos es tarea de todos.

Piense: teniendo de todo los organismos anteriormente mencionados, más las ONG destinada a los derechos humano.¿Existen violaciones a esos derechos en la República Dominicana o estamos libres de ese mal? Si su respuesta es: ¡claro que existen! , entonces a partir de hoy deje de criticar la existencia del Defensor del Pueblo y propugne por una definición de prioridades para el mismo.

A los logros sociales no se renuncia, como pretenden algunos legisladores, muy por el contrario, se apoyan para que desempeñen los roles para los que fueron creados.

En estos momentos la mejor tarea que puede hacer el Defensor del Pueblo para contribuir en Salvar y guardar esos derechos ha de ser iniciando una campaña a gran escala de educación en Derechos Fundamentales a la población.

No me refiero a una campaña de publicidad, en radio o televisión en cual se le irían en un dos por tres los recursos asignados, sino, una campaña cara a cara con la población con talleres seminario con  juegos de roles, en donde se recreen situaciones del día a día y así como su intervención directa en las escenas de las violaciones.

El Defensor del Pueblo debe preparar  equipos de facilitadores o instructores que vayan alas prestadoras masivas de servicios tanto del Estado como de particulares  a recibir quejas y brindar apoyo con orientación oportuna y pertinente:

No para que se tenga información sino para que se tenga conocimiento que va mucho másallá de la información.El conocimiento  da poder,  la información solo contribuye a eso a señalar que existe pero no insta a la acción.

El Defensor del Pueblo debe ser un “incendiador” de la conciencia nacional, que empodere a la gente para que cumplas sus deberes y exijan sus derechos. Que sepan cuando y donde acudir a reclamar, que reclame y no desistan.

El Defensor del Pueblo debe empeñarse en despertar lasolidaridad social en procura de los ejores intereses de la Nación.

Debe arrebatar a los  intereses políticospartidarios, las causas sociales y echar el pleito hombro a hombro con el pueblo por intereses sanos y correctos,por mejoras constante en sectores comola educación, la salud, en los servicios tanto de los prestadores del Estado como por los particulares.

Es esa la intención del legislador cuando lo concibe con autonomía presupuestaria y administrativa, dependiente sólo de la Constitución y las leyes. El Defensor es un ente Constitucional sacado del vaivén de la política cotidiana para evitar subordinaciones, malos e inmorales arreglos o contubernios. Lo que  si podría suceder con otros entes que sí dependen de algún poder del Estado.

Dado lo anterior  el mayor logro que debe aspirar en estos momentos el Defensor del Pueblo de la República Dominicana es una educación en derecho humanos  y fundamentales, en reclamos de servicios de buena calidad que el ciudadano conozca y exija , que sepa cuándo debe actuar y a que instancias acudir.Esto es mucho más que recibir quejas que luego han de re direccionarse  y cuya acción va a depender de un radio limitado que por naturaleza tiene el Defensor del Pueblo. Si se hace como se ha sugerido el defensor del Pueblo ha desempeñado su rol y ha cumplido la milenaria sentencia de:

“Regálale un pez a un hombre y comerá un día. Enséñale a pescar y comerá toda la vida…”

Hasta la próxima.


Darío Nin

centropersona@hotmail.com

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