Senado aprueba en primera lectura Ley de reforma del Servicio Nacional Salud
EN SANTO DOMINGO: El Senado de la República aprobó, en primera lectura, el proyecto de Ley de reforma y separación de funciones que crea el Servicio Nacional de Salud (SNS) y le confiere el rol de rectoría y regulación al Ministerio de Salud, conforme manda la ley General de Salud No.42-01.
La ministra de Salud, Altagracia Guzmán Marcelino, aseguró que esta normativa de separación de funciones "es el instrumento que hará sostenible un proceso en el que creemos y por el que hemos luchado juntos de manera tesonera todos los aquí presente", informó hoy el Ministerio en un comunicado.
La ministra de Salud, Altagracia Guzmán Marcelino, aseguró que esta normativa de separación de funciones "es el instrumento que hará sostenible un proceso en el que creemos y por el que hemos luchado juntos de manera tesonera todos los aquí presente", informó hoy el Ministerio en un comunicado.
Con esas palabras la Ministra de Salud dio apertura al taller convocado por el organismo estatal para pasar balance a los avances del proceso, conforme al mandato del Decreto presidencial número 379-14, de octubre de pasado año.
La ministra confió que el proyecto será aprobado definitivamente en segunda lectura el próximo miércoles, cuando sea conocido nuevamente en el Senado.
Mediante el decreto 379-14 se instruyó al Ministerio de Salud a desarrollar las acciones pertinentes para, en un plazo determinado, pasar a la Dirección de Coordinación de los Servicios Nacionales de Salud (SNS) todos los servicios y atención directa a las personas, así como a la conformación de la Red Única de Hospitales Públicos, previstos por el decreto para garantizar dichos servicios.
Este proyecto de Ley establece la creación del SNS, con una Dirección Central y sus respectivas expresiones territoriales regionales de carácter desconcentrado.
No obstante, excluye del ámbito de aplicación de la presente ley los servicios de atención a la salud responsabilidad de las Fuerzas
Armadas y la Policía Nacional y aquellos que, por razones de seguridad y defensa, o razones de alto interés nacional, sean definidos en el Reglamento de la presente ley o mediante decreto del Poder Ejecutivo.
EL texto precisa que la Dirección Central del SNS será la responsable de definir e implementar, en un plazo no mayor a 180 días a partir de su promulgación, un modelo estandarizado de gestión tendente a asegurar la efectividad técnica, administrativa y financiera de los Servicios Regionales de Salud.
Antes de su aprobación en primera lectura en el Senado, el proyecto fue aprobado en primera y segunda lectura en la Cámara de Diputados.
La reunión también evaluó los avances en el proceso de implantación del Nuevo Modelo de Atención en los Servicios Regionales de Salud (SRS) priorizados, en el marco de la puesta en vigencia del sistema de referencia y contra referencia que servirá de base al Servicio Nacional de Salud (SNS).
Los Servicios Regionales de Salud priorizados son los correspondientes a la Región Metropolitana o Región 0 de Salud (Distrito Nacional, Provincia Santo Domingo y Monte Plata), Servicio Regional de Salud Cibao Oriental o Región III de Salud (Provincias Duarte, María Trinidad Sánchez, Hermana Mirabal y Samaná).
Asimismo, la Región IV de Salud o Servicios de Salud de la Región Enriquillo, correspondiente a las provincias Barahona, Baoruco, Pedernales e Independencia). EFE. /Elnuevodiario/.