Poder Ejecutivo promulga Leyes Orgánicas Consejo Magistratura y el Ministerio Público
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Poder Ejecutivo promulgó las Leyes Orgánicas del Consejo Nacional de la Magistratura y el Ministerio Público.
Mediante la nueva ley del Consejo de la Magistratura se escogerán los integrantes de la Suprema Corte de Justicia y se establecen los mecanismos y el alcance para realizar la evaluación de desempeño de los jueces cada siete años.
Con el decreto número 132-11, firmado por el presidente Leonel Fernández, se tomó en consideración el rediseño que se hizo del organismo en la Constitución de la República proclamada el 26 de enero del pasado año.
Asimismo, destaca que la composición del Consejo Nacional de la Magistratura incorpora un nuevo integrante, por lo que amerita un replanteamiento de los requisitos de quórum y cantidad de votos necesarios para la aprobación de sus decisiones.
Añade que con la instauración del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior Electoral, la facultad de su integración fue atribuida al Consejo, por lo que se hace indispensable su reglamentación a través de la Ley Orgánica del mismo.
También la Ley Orgánica del Ministerio Público
Asimismo, el Ejecutivo promulgó la Ley Orgánica del Ministerio Público que lo establece como el órgano responsable de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal, y ejerce la acción penal pública en representación de la sociedad.
Asimismo, sometió al Congreso Nacional la modificación de los artículos relativos al rol del Ministerio Público en la investigación para esclarecer su contenido, para asegurar que junto con la Policía Nacional cumpla en perfectga armonía las respectivas misiones asignadas por la Constitución de la República.
La nueva ley está marcada con el número 133-11 y manda que ese órgano garantice los derechos fundamentales de las personas,defienda el interés público tutelado por la ley, promueva la resolución alternativa de disputas y proteja a las víctimas y testigos.
También establece su autonomía funcional, presupuestaria y administrativa, cuya asignación presupuestaria se hará sin perjuicio de los controles externos del gasto público, establecidos en la Constitución.
Añade que el Consejo Superior del Ministerio Público aprobará a más tardar el 16 de agosto de cada año el presupuesto de gastos de la institución, el cual será remitido por el Procurador General de la República al Poder Ejecutivo, para su incorporación al proyecto de Presupuesto correspondiente y someterlo al Congreso Nacional.
Entre sus considerandos destaca que la Constitución consagra la inamovilidad de sus integrantes, régimen disciplinario, escuela de formación y sus órganos de gobierno, por lo que se necesita una ley que regule su integración y funcionamiento.
También toma en consideración que la Carta Magna establece un sistema de carrera para garantizar la permanencia de sus integrantes hasta los 75 años de edad, y proscribe que estos participen en actividades políticas partidaristas.
Modificación
El presidente Leonel Fernández sometió al Congreso Nacional la modificación de los artículos 101 y 105, relativos a la creación de la Cuerpo Técnico de Investigación de la Policía Nacional.
En la carta que acompaña el proyecto de modificación, El Gobernante expresa que esas disposiciones han generado confusión en el Ministerio Público y en la Policía Nacional, en cuanto a los roles que les corresponden para ”dirigir la investigación penal”, perseguir e investigar las infracciones penales”.
Mediante la nueva ley del Consejo de la Magistratura se escogerán los integrantes de la Suprema Corte de Justicia y se establecen los mecanismos y el alcance para realizar la evaluación de desempeño de los jueces cada siete años.
Con el decreto número 132-11, firmado por el presidente Leonel Fernández, se tomó en consideración el rediseño que se hizo del organismo en la Constitución de la República proclamada el 26 de enero del pasado año.
Asimismo, destaca que la composición del Consejo Nacional de la Magistratura incorpora un nuevo integrante, por lo que amerita un replanteamiento de los requisitos de quórum y cantidad de votos necesarios para la aprobación de sus decisiones.
Añade que con la instauración del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior Electoral, la facultad de su integración fue atribuida al Consejo, por lo que se hace indispensable su reglamentación a través de la Ley Orgánica del mismo.
También la Ley Orgánica del Ministerio Público
Asimismo, el Ejecutivo promulgó la Ley Orgánica del Ministerio Público que lo establece como el órgano responsable de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal, y ejerce la acción penal pública en representación de la sociedad.
Asimismo, sometió al Congreso Nacional la modificación de los artículos relativos al rol del Ministerio Público en la investigación para esclarecer su contenido, para asegurar que junto con la Policía Nacional cumpla en perfectga armonía las respectivas misiones asignadas por la Constitución de la República.
La nueva ley está marcada con el número 133-11 y manda que ese órgano garantice los derechos fundamentales de las personas,defienda el interés público tutelado por la ley, promueva la resolución alternativa de disputas y proteja a las víctimas y testigos.
También establece su autonomía funcional, presupuestaria y administrativa, cuya asignación presupuestaria se hará sin perjuicio de los controles externos del gasto público, establecidos en la Constitución.
Añade que el Consejo Superior del Ministerio Público aprobará a más tardar el 16 de agosto de cada año el presupuesto de gastos de la institución, el cual será remitido por el Procurador General de la República al Poder Ejecutivo, para su incorporación al proyecto de Presupuesto correspondiente y someterlo al Congreso Nacional.
Entre sus considerandos destaca que la Constitución consagra la inamovilidad de sus integrantes, régimen disciplinario, escuela de formación y sus órganos de gobierno, por lo que se necesita una ley que regule su integración y funcionamiento.
También toma en consideración que la Carta Magna establece un sistema de carrera para garantizar la permanencia de sus integrantes hasta los 75 años de edad, y proscribe que estos participen en actividades políticas partidaristas.
Modificación
El presidente Leonel Fernández sometió al Congreso Nacional la modificación de los artículos 101 y 105, relativos a la creación de la Cuerpo Técnico de Investigación de la Policía Nacional.
En la carta que acompaña el proyecto de modificación, El Gobernante expresa que esas disposiciones han generado confusión en el Ministerio Público y en la Policía Nacional, en cuanto a los roles que les corresponden para ”dirigir la investigación penal”, perseguir e investigar las infracciones penales”.