PLANTÓ A SU NOVIO
Sexo y amor
Plantó a su novio en el altar y ¡le salió caro!
Este le reclama 500.000 € en compensación por la "angustia" vivida.
Es el primer caso de este tipo que se conoce y está creando un gran revuelo, no solo social sino también legal, puesto que puede sentar un importante precedente. El novio, un joven italiano de 32 años al que su novia dio calabazas al no presentarse el día de la boda, decidió pasar a la acción y, tras superar el golpe emocional, decidió tomarse la venganza por su mano.
Fue tal el asombro y el bochorno que sufrió al verse plantado en el altar por su futura esposa, con la familia y los amigos atónitos ante lo que estaban viviendo, que entró en un estado de ansiedad que le llevó al hospital y allí pidió un certificado médico que después utilizó como prueba.
Además utilizó otros documentos legales en los que demostraba que su novia estaba fuera de control y que se dio a la fuga dejando a su hermano el papelón de presentarle sus excusas.
Junto con la indemnización por daños y perjuicios, Ricardo pide la reparación del estrés emocional y financiero que sufrió al verse abandonado el mismo día de la ceremonia, frente a los invitados, con el banquete nupcial, la fiesta y el viaje de novios contratados. Se quedó solo para hacer frente a estos y otros gastos como los anillos, el traje, las invitaciones...
Por eso trató de reunir todos las facturas y demás para obtener una compensación por el dinero que había invertido en celebrar la boda.
Según los documentos judiciales presentados, se gastó miles de euros en la reserva de la boda, que debía haberse celebrado en Roma hace dos semanas, incluyendo una lujosa recepción en un hotel de primera y una exclusiva luna de miel en el Pacífico.
La demanda de indemnización se divide en 229.000 € por los costes relacionados con la boda, 150.000 € por daños morales y 120.000 € por daños psicológicos por haber sido objeto de dumping.
En su declaración Ricardo, que trabaja como gerente empresarial, añadió que tanto él como su familia se habían gastado miles de euros en la remodelación de un apartamento elegido por su novia y amueblado a su gusto.
Su abogada afirma que: "Es comprensible que mi cliente se quedara muy sorprendido y apenado por lo sucedido, así como avergonzado por todo el asunto. Además puso mucho dinero de su bolsillo".
En España, el código civil contempla alguna disposición al respecto en casos como este:
Por un lado, el art.42 establece que la promesa de matrimonio no obliga a realizarlo, y tampoco se admitirá una demanda que pretenda conseguir su cumplimiento.
Sin embargo, el art.43 aclara que: "El incumplimiento sin causa de la promesa cierta de matrimonio hecha por persona mayor de edad o por menor emancipado solo producirá la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos y las obligaciones contraídas en consideración al matrimonio prometido".
Ojalá nunca nos veamos envueltos en una de esas situaciones, ¿verdad? Aunque nunca está de más saber qué se puede hacer por si alguna vez le pasa a algún amigo o conocido. Eso sí, hay que tener en cuenta que esta acción caducará al año contado desde el día de la negativa a la celebración del matrimonio.
Plantó a su novio en el altar y ¡le salió caro!
Este le reclama 500.000 € en compensación por la "angustia" vivida.
Es el primer caso de este tipo que se conoce y está creando un gran revuelo, no solo social sino también legal, puesto que puede sentar un importante precedente. El novio, un joven italiano de 32 años al que su novia dio calabazas al no presentarse el día de la boda, decidió pasar a la acción y, tras superar el golpe emocional, decidió tomarse la venganza por su mano.
Fue tal el asombro y el bochorno que sufrió al verse plantado en el altar por su futura esposa, con la familia y los amigos atónitos ante lo que estaban viviendo, que entró en un estado de ansiedad que le llevó al hospital y allí pidió un certificado médico que después utilizó como prueba.
Además utilizó otros documentos legales en los que demostraba que su novia estaba fuera de control y que se dio a la fuga dejando a su hermano el papelón de presentarle sus excusas.
Junto con la indemnización por daños y perjuicios, Ricardo pide la reparación del estrés emocional y financiero que sufrió al verse abandonado el mismo día de la ceremonia, frente a los invitados, con el banquete nupcial, la fiesta y el viaje de novios contratados. Se quedó solo para hacer frente a estos y otros gastos como los anillos, el traje, las invitaciones...
Por eso trató de reunir todos las facturas y demás para obtener una compensación por el dinero que había invertido en celebrar la boda.
Según los documentos judiciales presentados, se gastó miles de euros en la reserva de la boda, que debía haberse celebrado en Roma hace dos semanas, incluyendo una lujosa recepción en un hotel de primera y una exclusiva luna de miel en el Pacífico.
La demanda de indemnización se divide en 229.000 € por los costes relacionados con la boda, 150.000 € por daños morales y 120.000 € por daños psicológicos por haber sido objeto de dumping.
En su declaración Ricardo, que trabaja como gerente empresarial, añadió que tanto él como su familia se habían gastado miles de euros en la remodelación de un apartamento elegido por su novia y amueblado a su gusto.
Su abogada afirma que: "Es comprensible que mi cliente se quedara muy sorprendido y apenado por lo sucedido, así como avergonzado por todo el asunto. Además puso mucho dinero de su bolsillo".
En España, el código civil contempla alguna disposición al respecto en casos como este:
Por un lado, el art.42 establece que la promesa de matrimonio no obliga a realizarlo, y tampoco se admitirá una demanda que pretenda conseguir su cumplimiento.
Sin embargo, el art.43 aclara que: "El incumplimiento sin causa de la promesa cierta de matrimonio hecha por persona mayor de edad o por menor emancipado solo producirá la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos y las obligaciones contraídas en consideración al matrimonio prometido".
Ojalá nunca nos veamos envueltos en una de esas situaciones, ¿verdad? Aunque nunca está de más saber qué se puede hacer por si alguna vez le pasa a algún amigo o conocido. Eso sí, hay que tener en cuenta que esta acción caducará al año contado desde el día de la negativa a la celebración del matrimonio.