Echarían 60 años de cárcel a feminicidas

 
Eduardo Estrella, presidente del Senado encabeza encuentro junto a otrtos legisladores.

Por Víctor Martínez 

JUEVES, 21 OCTUBRE, 2021: Tras las críticas y el debate que provocó las rebajas de las penas cuando un hombre obligue a su esposa a tener relaciones sexuales, la comisión bicameral dio marcha atrás en su decisión y decidió mantenerla de 10 a 20 años de cárcel, pero si hay muerte puede llegar hasta 60 años la condena.

El presidente de la comisión, senador Santiago Zorrilla, informó que las “relaciones no consentidas” además se tratarán como una violación sexual y si hay otras agravantes y muerte la condena podría llegar hasta 60 años.

Una propuesta del diputado perremeísta por la provincia La Romana, Eugenio Cedeño, buscaba que la pena fuera rebajada de uno a cuatro años de cárcel.

“Las relaciones no consentidas están igualadas las penas con todo lo que sea violación de 10 a 20 años, en el día de hoy la comisión bicameral solo trabajó ese punto hasta llegar a una solución”, sostuvo.

Zorrilla explicó que “las penas seguirán siendo de 10 a 20 años, dependiendo porque si hay muerte sería de 40 años de cárcel, y dependiendo todas las otras agravantes que puedan encontrarse podría llegar hasta 60 años”.

Informó que mañana se volverán a reunir para seguir revisando los artículos del Código Penal para asegurarse que esté plasmado todo lo aprobado.

De su lado el senador reformista por la provincia de La Vega, Ramón Rogelio Genao, dijo que se acogió la propuesta que había hecho el pasado lunes que se acogiera el artículo 34, que ahora en la renumeración es el 35, para que se mantuvieran las penas para las relaciones no consentidas.

“Se acogió que se sancionarán con las mismas penas que la violación en cuatro especificaciones distintas”, dijo el congresista vegano.

Las cuatro modalidades por las que se condenaría a un hombre de 10 a 20 años si obligara a su esposa a tener relaciones sexuales son:

-Cuando se emplea engaño, fuerza, violencia, intimidación o amenaza o coerción.

-Cuando se anula pr cualquier medio, sin el consentimiento de la víctima, la capacidad de consentir.

-Cuando la víctima se encuentra imposibilitada para comprender la naturaleza del acto en el momento que se realiza con enfermedad mental, sea temporal o permanente.

-Y cuando se obliga o intimida a la pareja con violencia física o psicológica a participar o involucrar en una relación sexual no consentida con terceras personas.

UN APUNTE

Se opone

El diputado perremeísta Eugenio Cedeño, miembro de la comisión bicameral que estudia el Código Penal, se opone a que las relaciones sexuales no consentidas sean consideradas como una violación y dijo que el consentimiento sexual está previamente establecido en el acto del matrimonio.Reveló que fue él quien propuso la rebaja de uno a cuatro años de prisión.


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