EE.UU. reabre permiso de ingreso para emprendedores internacionales que beneficia a RD
JUEVES, 22 JULIO, 2021. La administración de Joe Biden recientemente reabrió el programa de permisos temporales que había sido clausurado en la administración del presidente Donald Trump, el cual ofrece opciones viables a los empresarios y emprendedores de países que no poseen la posibilidad de aplicar a una visa de inversionista (E2), como es la República Dominicana.
Según explica la dominicana especialista en Migración, Jenniffer Meléndez, bajo este programa (IER, por sus siglas en inglés), las autoridades de Migración pueden utilizar su autoridad de otorgar permiso de ingreso para conceder un periodo de estadía a los empresarios extranjeros que demuestren que en su tiempo en Estados Unidos podrían proveer un beneficio público considerable, a través de sus empresas comerciales y que ameritan un ejercicio de discreción procesal favorable.
La jurista resalta que, dentro de esta regla final, los empresarios que obtienen un permiso de permanencia temporal, “parolees”, serán elegibles para trabajar para sus empresas emergentes. Sus cónyuges e hijos también podrían ser elegibles para obtener un permiso de permanencia temporal.
“Aunque los cónyuges pueden solicitar autorización de empleo una vez estén en Estados Unidos en calidad de personas que tienen permiso de permanencia temporal, sus hijos no son elegibles para trabajar. El permiso IER podría ser otorgado hasta a tres empresarios por empresa emergente”, manifestó Meléndez.
En ese sentido, la especialista radicada en Miami y que mantiene vínculos con la República Dominicana a través de sus orientaciones en un programa de radio y un periódico local, ambos de gran prestigio y relevancia, explica que los requisitos para calificar son: Poseer una parte sustancial en la propiedad de una entidad nueva creada en los últimos cinco años en los Estados Unidos, que tenga potencial suficiente para un rápido crecimiento y creación de empleo; tener un rol central y activo en la entidad emergente, a tal grado que estén bien posicionados para asistir sustancialmente en el crecimiento y éxito de la empresa.
También es importante dejar ver que proveerán un beneficio público significativo a Estados Unidos a base de sus roles como empresarios en la entidad emergente, al demostrar que:1) La entidad emergente ha recibido una inversión de capital considerable de parte de inversionistas estadounidenses con un historial probado de inversiones exitosas; 2) La entidad emergente ha recibido otorgaciones de subvenciones significativas para desarrollo económico, investigación y desarrollo, o creación de empleos (u otros tipos de subvenciones otorgadas típicamente a las entidades emergentes) de parte de entidades del gobierno federal, estatal o local que, usualmente proporcionan dichos fondos o subvenciones a entidades emergentes; 3) Cumplen parcialmente con alguno o ambos de los dos requisitos anteriores y proveen evidencia adicional confiable y convincente del potencial sustancial de la entidad en crecimiento rápido y creación de empleos, y 4) Ameritan de alguna otra manera el ejercicio de discreción favorable.
La nueva modalidad busca mejorar la capacidad que tienen ciertos fundadores de empresas emergentes para comenzar a hacer crecer sus compañías en Estados Unidos y ayudar a mejorar la economía a través del incremento del gasto de capital, la innovación y la creación de empleos.
La abogada consultora para temas de inmigración, resalta que se debe tener en cuenta que presentar y obtener la aprobación de un formulario I-941 bajo esta regla, por sí solo, no constituye una otorgación de permiso de permanencia temporal.
“Si la aplicación es aprobada, la persona debe visitar un consulado estadounidense en el extranjero para obtener la documentación de viaje antes de poder entrar a los Estados Unidos bajo esta categoría. En el consulado, el oficial entrevistará al emprendedor para realizar una determinación final de otorgación de permiso de permanencia temporal. Las personas interesadas que sus familiares derivados también se beneficien del permiso temporal, deben aplicar a un permiso de viaje. Ya cuando se encuentren dentro de los Estados Unidos bajo esta categoría, el cónyuge del emprendedor podrá aplicar al permiso de trabajo”, exhortó Meléndez.
La experta, que cuenta con su oficina de abogados JM Inmigration Firm, comparte sus orientaciones sobre migración hacia EE.UU a través de sus redes sociales de migracionsinfronteras305.