Condenan a 20 años de prisión oficial ARD violó hijastra de 13




EN SANTO DOMINGO, 05 Julio, 2019:  Acogiendo la solicitud de la fiscal Liz Frías Sadhalá, del Departamento de Litigación Definitiva de la Fiscalía de este municipio, un Tribunal Primera instancia, condenó  a 20 años de prisión a un oficial de la Armada de República Dominicana (ARD), encontrado culpable de violar  su  hijastra, de 13 años.

La condena le fue impuesta a Richard Vargas García,  de 43 años de edad, quien además ostenta la profesión de médico y sicólogo.

La condena fue dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, reseña el diario Agenda56.

El encartado Vargas García, fue encontrado culpable en los delitos de incesto y abuso sexual en perjuicio de su hijastra de 13 años, cuyo nombre se reserva por asunto de ley y para conservar su dignidad.

Según la acusación, la madre de la joven, denunció  en la Unidad de Atención y Prevención a las Víctimas de Violencia de Género e Intrafamiliar de la Fiscalía de la provincia Santo Domingo, de que su compañero sentimental y padrastro de su hija, el ahora oficial condenado, le hacía sexo oral a la menor, al menos dos veces a la semana y que también la penetró con su pene.

Según los informes, la madre, al sospechar de una situación anormal, dejó su teléfono celular grabando en su habitación y al regresar, encontró tres horas de grabaciones de audio y vídeo que mostrarían al oficial Vargas García abusando sexualmente de su hija.

Esas grabaciones fueron entregadas por la madre de la menor al Ministerio Público, que realizó los trámites de rigor ante un juez para obtener las ordenes que les permitieran interceptar los teléfonos de la niña violada, de la madre y de su pareja sentimental, el oficial de la armada Vargas García.

Las autoridades del Ministerio Público, realizaron a la niña un Examen Médico Genital, de manos de una especialista del Instituto Nacional de Ciencia Forenses (INACIF), que certificó la existencia del abuso sexual.

En el informe del médico forense, se estableció que la niña presentaba adiamiento de la membrana himenal, en forma de reborde escaso, orificio amplio, ancho, agrandado y dilatado, compatible con manipulación en sus genitales y relación sexual activa.

Luego  de los procedimientos se solicitó orden de arresto del padrastro acusado, solicitud que encontró la resistencia de los superiores militares del acusado.

Luego del arresto y la acusación formulada por la Fiscalía, un juez de la Oficina de Servicios de Atención Permanente le impuso  al acusado un año de prisión preventiva como medida de coerción, establecida en el numeral 7 del Artículo 226 del Código Procesal Penal Dominicano.

En la fase de instrucción, se generaron más de tres decenas de reenvíos, en busca de evitar la apertura a juicio de fondo, solicitada el día 10 de marzo del año 2017.

 La mayoría de esas suspensiones se generaron luego que el oficial imputado no fuera trasladado al tribunal, o por la falta de abogado de la defensa.

En el juicio de fondo, el tribunal compuesto por los jueces Julio De Los Santos(presidente), José Augusto Santo Salvador y Carol Serenela Modesto Sánchez (miembros), encontró culpable al justiciable de violentar el Artículo 332-1 y 332-2 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan el delito de Incesto, abuso sexual físico y sicológico en perjuicio de una menor en grado de ejecución.

También las violaciones a los Artículos 12, 13, 14, 15 y 396 de la Ley 136-03, que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

El tribunal impuso al condenado el pago de una indemnización de 500 mil pesos a favor de madre querellante.

El abogado Manuel Soto Lara, estuvo a su cargo la representación legal de la víctima, constituida en actor civil

El fallo establece que el condenado cumpla la pena impuesta en la penitenciaría nacional de La Victoria, y que sea comunicada la decisión al juez de Ejecución de la Pena, para su fiel cumplimiento.

La lectura integra de la sentencia será el 17 de julio del año en curso, fecha que abrirán los plazos para que la parte no conteste con la decisión la puedan recurrir en apelación.

Por Julio Benzant .
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