¿NEYBA O NEIBA? Forma correcta de escritura y breve historia del nombre del municipio cabecera de la provincia Bahoruco


Por Edwin J. Acosta.- La forma correcta de escritura del nombre del municipio principal de la provincia Bahoruco casi siempre es objeto de controversia. La disensión básicamente se centra en la ortografía y oficialidad del nombre: Neyba o Neiba; especialmente entre aquellos que procuran escribir el nombre correctamente.

La variación del nombre de ese significativo pueblo suroestano es aún más amplia. El nombre históricamente se ha escrito distintamente como Neyba, Neiba, Neiva, Neyva e incluso Naiva y Naiba. No significa eso, sin embargo, distintos nombres; sino un solo nombre con distintas variaciones.

El nombre “Neyba”, se advierte en la Constitución Dominicana del 6 de noviembre de 1844. 
También en la Ley No. 40, del 9 de junio de 1845, sobre la Administración Provincial. En la Ley No. 392, de fecha 29 de mayo de 1855, sobre Ayuntamientos. En la Ley No. 125, del 6 de junio de 1939, G.O. No. 5320, de División Territorial de la República. Así mismo, en la Ley No. 229, del 18 de marzo de 1943, G.O. No 5890, que crea la Provincia del Bahoruco. También en la Ley No. 88-01, del 17 de mayo del 2001, G.O. No. 10088, que crea el Distrito Municipal El Palmar, perteneciente al municipio Neyba; y muchas otras documentaciones históricas.

El nombre “Neiba”, se observa en las crónicas de Fray Bartolomé de Las Casas, en los inicios mismos de la colonización. También en los Archivos de Ultramar, Libro 770, de la Administración de San Rafael de la Angostura, desde 1774 a 1786. En el Censo Municipal de la Parte Española de la Isla del año 1824. Así mismo, en a Ley No. 385, sobre Provincias y su gobernación, del año 1855. En la Ley No. 4400, de fecha 31 de marzo de 1956, sobre División Territorial de la República. Además, en la Ley No. 5220, de fecha 30 de septiembre de 1959, G.O. No 8407, sobre División Territorial de la República Dominicana. Así como también en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, Vigésima Segunda Edición, Editora Espasa, Tomo 7, Pág. 1,067; y en otras documentaciones más.

El nombre “Neiva”, se advierte en el comunicado de 1869 que da cuenta que “el general Andrés Ogando derrota a los baecistas en la línea de Neiva” (Cfr. AGN. Miscelánea Histórica, Clío, No. 112, 1933, Pág. 482). También, en los escritos del ilustre historiador dominicano José Gabriel García (Cfr. José Gabriel García. “Compendio de la Historia de Santo Domingo”, Edición Publicaciones Ahora, Santo Domingo, 1968); y en otros escritos de carácter histórico.

En tanto que el nombre “Neyva”, se advierte en la obra del criollo Luis Joseph Peguero, “Historia de la Conquista de la Isla Española de Santo Domingo, Trasumptada el año de 1762”, Editorial Mueso de Las Casas Reales, Santo Domingo, 1975, Pág. 14; y en otros documentos históricos.

El nombre “Naiva”, se observa en la obra del prestigioso historiador Emiliano Tejera, “Palabras indígenas de la isla de Santo Domingo”, Editora del Caribe, Ciudad Trujillo, 1951, Pág. 389.

Finalmente el nombre “Naiba”, se advierte en la obra de Bernardo Vega, “Los Cacicazgos de La Hispaniola”, Editora Amigo del Hogar, Santo Domingo, 1990, Pág. 19; citando al cronista Pedro Mártir de Anglería, en “Décadas…”, Vol. 1, Ediciones José Porruas e hijos, México, 1964, Pág. 349.

VOCABLO DE ORÍGEN INDÍGENA.

El vocablo Neiba que da nombre a ese pueblo definitivamente proviene de la lengua indígena, pues con ese nombre existía un nitaínato perteneciente al cacicazgo de Jaraguá o Xaragua, según la versión tradicional de la división de la Isla en cinco grandes cacicazgos (Cfr. Vicente Tolentino Rojas. “Historia de la División Territorial, 1494-1943”, Editorial El Diario, Santiago de los Caballeros, 1944, Pág. 6). Pero parece ser que la extensión territorial al que nuestros indígenas llamaron Neiba, no comprendería la actual provincia Bahoruco.

En los textos de Mártir de Anglería, en su obra “Historia de Indias, Décadas” se hace mención de la región Neibamao como una demarcación del Departamento de Bainoa, en una versión no tradicional de la división precolombina de la Isla, aunque no menos sustentada. En el mapa del cosmógrafo español Andrés Morales, del año 1508, se advierte el rio Neiba, y en las referidas crónicas de Mártir de Anglería se explica que en los montes Cibaos nace el rio Maho y se precipita por las fuentes del Naiba (Cfr. Bernardo Vega. “Los Cacicazgos de la Hispaniola”, Editora Amigo del Hogar, Santo Domingo, 1990, Pág. 30). Ese río Maho, es el mismo rio Mijo, también llamado Cuevas y San Juan, los cuales fluyen en el río hoy llamado Yaque del Sur. La región Neibamao sería pues, la actual zona entre Sabana Yegua y San Juan de la Maguana, lo cual excluye el territorio de la actual provincia Bahoruco de esa región.

El cronista Mártir de Anglería también refiere en sus textos una región llamada Bauruco o Baoruco. Mapas del siglo XVI muestran a Bauruco al norte de la actual Pedernales (Cfr. Bernardo Vega. Op. Cit. Pág. 36). De tales datos se infiere que Bauruco cubriría desde la actual Barahona hasta la actual ciudad haitiana Jacmel, por la costa y desde la isla Beata; en tanto que por el sur cubriría hasta la parte norte del actual pueblo Duvergé. Lo cual también excluye al actual territorio de la provincia Bahoruco de esa demarcación.

La ubicación precolombina del territorio comprendido por la actual provincia Bahoruco, y por ende del municipio Neiba, ha de situarse definitivamente en el territorio que los tainos llamaron Caiguaní, extensión territorial que en la actualidad es conocido como Valle de Neiba (Cfr. Rafael García Bidó. “Voces de Bohío, Vocabulario de la Cultura Taína”, Editora Alfa & Omega, Santo Domingo, 2010, Pág. 34).

NOMBRE POST COLOMBINO.

Una o dos décadas posterior al denominado Descubrimiento, ya los colonizadores se habían familiarizado con muchos topónimos indígenas que por necesidad hacían uso cotidiano de ellos. Entre esos nombres de origen aborigen que ya estaban en posesión de los conquistadores, se señala el nombre de Neyba o Neiba (Cfr. Carlos Larrazábal Blanco. “Antología”, Editorial del Archivo General de la Nación (Vol. CCXLIII), Santo Domingo, 2015, Pág. 278).

Los colonizadores trasuntan el nombre Neyba a una época tan remota como el año 1496, en ese año cuando Bartolomé Colón se dirigía a Jaragua, tierra de Bohechio, los cronistas hacen referencia a “un rio muy poderoso que se llamaba y hoy se llama, como los indios, Neyba” (Cfr. Oviedo. Las Casas. “Crónicas Escogidas”, Ediciones de la Fundación Corripio Inc., Santo Domingo, 1988, Pág. 417).-

También se advierte que el nombre post colombino de ese pueblo, preexistía para el año 1606, pues a raíz de las devastaciones iniciadas en junio de ese año, se establecía que “ninguna persona pudiera pasar sin licencia del gobernador Ozorio más allá de la ribera del Neiva” (Cfr. Emilio Rodríguez Demorizi. “Relaciones Históricas de Santo Domingo”, Vol. II, Editora Montalvo, Ciudad Trujillo, 1945, Pág. 348). Fray Cipriano de Utrera hace mención del nombre Valle de Neiba, en sus escritos de la colonización, reconstruidos al siglo XVII, señala que “la gente del Valle de Azua y el Valle de Neiba sean ocupados en la pesca para que no se carezca de alimentos en la ciudad.”

Para el año 1735, “en tierras deshabitadas y deseadas por los galos (franceses) es erigida la ermita y poblado”, pero con una extensión del nombre, ahora se llamaría San Bartolomé de Neyba (Cfr. Antonio Gutiérrez Escudero. “Población y Economía en Santo Domingo”, Edición de la Diputación de Sevilla, Sevilla, 1985, Pág. 72). La práctica de fundar una villa y adjudicarle algún título sagrado fue una práctica común durante la colonización. Así surgen San Juan, Santa María; y posteriormente, San Ignacio, San Felipe, Santa Bárbara y otros. 

Otras veces el principal de la iglesia pasaba a ser el principal de la misma villa ya fundada. Así nacieron San Antonio de Bonao, San Juan Bautista de Bayaguana, San Antonio de Monte Plata, San Bartolomé de Neyba y otros.

El nombre San Bartolomé se perpetúa en el tiempo, sin embargo, pocos saben que para el año 1762 ese poblado fue nombrado como Santa Cruz de Neyba (Cfr. Luis Joseph Peguero. Op. Cit. Págs. 14 y 25). Pero el nombre Santa Cruz para identificar ese poblado no fue de uso tradicional. Existe, sin embargo, en la actualidad un barrio o paraje con el nombre Santa Cruz perteneciente a la sección territorial Neiba-Zona Urbana (Cfr. Oficina Nacional de Estadísticas (ONE). “División Territorial 2012”, publicada en mayo del 2013, Pág. 57).
Tanto el nombre San Bartolomé, como Santa Cruz, tienen una evidente vinculación católica.

Para un mejor entendimiento sobre el tema de la fundación del pueblo Neiba, tema que no es objeto de este trabajo, recomendamos leer la obra del prominente historiador cabraleño Welnel Darío Féliz, “Historia de Barahona, 1801- 1900”, Editora Nacional, publicada en Santo Domingo en el año 2011.

EN CUANTO A LA ORTOGRAFÍA TOPONÍMICA.

Durante la época colonial no existían reglas de escritura claramente definidas, y la costumbre o uso cotidiano hizo que algunos nombres que debieron escribirse con “i” se escribieran con “y”; entre ellos Seibo, Haina, Neiba y otros.

En ese sentido, el historiador y genealogista Carlos Larrazabal Blanco señala: “esos referidos nombres son ejemplos de una “y” intercalada que fijadas (posteriormente) las reglas ortográficas del idioma (español o castellano), resultan innecesarias su conservación en esas formas arcaicas de escritura. Es decir, Seybo, Neyba; aunque suele todavía escribirse estos topónimos con la “y” arcaica, deben, pues, escribirse estos casos Seibo, Neiba” (Cfr. Larrazábal Blanco. Op. Cit. Pág. 290).

En ese mismo orden, Pedro Henríquez Ureña en el año 1936 emitió una circular, la cual se recoge en la obra “La Cultura y las Letras Coloniales en Santo Domingo”, en la cual señaló que esos nombres, como Seibo, Haina, Neiba y otros; debían escribirse con “i” básicamente por las mismas razones de reglas ortográficas y lo innecesario que resulta conservar el arcaísmo del nombre al escribirlo con “y”.

EN CUANTO A LA OFICIALIDAD DEL NOMBRE.

Una norma jurídica, ya sea ley, decreto o resolución; le otorga carácter de oficialidad al nombre de un pueblo, pero solo en los casos en que dicha norma designa de manera expresa el nombre. Si la norma solo hace mención del nombre del pueblo y el mismo está mal escrito, deber verse como un error material y no una designación de nombre.

Es por eso que la Constitución de 1844 no le da carácter de oficialidad al nombre “Neyba”, pues dicha norma constitucional no designa al pueblo con ese nombre, sino que simplemente se hace mención del mismo. De hecho, el nombre “Neyba” no forma parte del texto constitucional, sino que en la parte donde firman los constituyentes se lee: “Bernardo Aybar, diputado por Neyba”.

En la Ley No. 40, del 9 de junio de 1845, sobre la Administración Provincial, contrario a la Constitución de 1844, sí puede advertirse una designación del nombre “Neyba” al pueblo. Veamos:

“Art. 20. La Provincia de Compostela de Azua, se subdivide en nueve comunes, y son: Azua, (cabeza de Provincia), Neyba, San Juan, Hincha, Las Matas de Farfán, Cahobas, S. Rafael y S. Miguel.”

Como puede observarse, el referido texto legal del año 1845 señala que “Neyba” es una de las nueve comunes de la provincia entonces llamada Compostela de Azua, de lo cual se puede interpretar razonablemente una designación de nombre, lo que evidente hace oficial ese nombre. Pero como dijimos anteriormente, en esa época las reglas de escritura aún no estaban claramente definidas en nuestro idioma, y simplemente se adoptó el uso cotidiano.

Para el año 1939, con la Ley No. 125, del 6 de junio de ese año, de División Territorial de la República, aunque ya se habían fijados reglas calaras en cuanto a la ortografía toponímica, y aunque en ese texto legal se lee claramente el nombre “Neyba”, se trata sin embargo, de una mención del nombre y no de una designación, por lo tanto eso debe interpretarse como un error de escritura o “lapsus cálami”.

Lo mismo podría decirse, por extraño que parezca, con la propia Ley No. 229, del 18 de marzo de 1943, que crea la Provincia del Bahoruco. Dicha ley aunque designa el nombre de la provincia Bahoruco, solo hace mención del nombre del municipio cabecera, pero sin designar nombre a dicho municipio. Veamos:

“Art. 1.- Desde el 18 de mayo de 1943, el territorio correspondiente en la actualidad a las Comunes de Neyba, Duvergé y La Descubierta quedará segregado de la Provincia de Barahona, para constituir, en unión de la Común de Tamayo, de cuya formación se trata más adelante, una nueva provincia, que se denominará Provincia del Bahoruco y tendrá su cabecera en Neyba.”

Como puede advertirse, el referido texto legal solo hace designación de un nombre: “Provincia del Bahoruco”; y hace mención, de distintas comunes, incluyendo Neiba. Es obvio que aquí el legislador parte del supuesto de la existencia de una designación previa del nombre para la común Neiba, pues hace referencia a varias comunes que ya existían para entonces, entre ellas, Neiba. Pero el legislador incurrió en un error material al escribir “Neyba”, quizá por la influencia de la praxis como tradicionalmente se escribió el nombre.

Posiblemente la solución tanto al aspecto ortográfico como al carácter oficial del nombre, lo ofrezca la Ley No. 5220, de fecha 30 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana. En esta Ley se escribe el nombre Neiba, respetando las reglas fijadas para el idioma español, y además puede interpretarse en dicha norma una designación de nombre para ese pueblo. Veamos:

“Art. 5,– La provincia BAORUCO está constituida por los municipios de Neiba y Tamayo, con la ciudad de Neiba como capital.

Párrafo I.– El Municipio de Neiba está constituido por la ciudad del mismo nombre (…)”

Del anterior texto legal puede colegirse, de manera razonable, que se hace una designación del nombre, pues en el Párrafo I del Art. 5 de la Ley, se hace referencia a la constitución del municipio a “la ciudad del mismo nombre”. Eso, además, de lo obvio que resulta ser el respeto a la ortografía toponímica.

CONCLUSIÓN.

Independientemente del uso tradicional al escribir el nombre “Neyba”, práctica adoptada durante la colonización, en la actualidad y establecidas ya las reglas ortográficas del idioma español, tal práctica representa un arcaísmo en la forma de escritura.

Si bien algunos textos constitucionales y legales hacen mención del nombre “Neyba”, en algunos casos no se trata de una designación de nombre per sé, y en otros, se trata de un error material al momento de escribir o “lapsus cálami”.

La solución a la problemática parece ofrecerla la Ley No. 5220, de fecha 30 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana, ya que esta norma legal respeta la ortografía toponímica y además se colige de dicho texto una designación del nombre “Neiba”, escrito de la manera correcta. En la actualidad tales disposiciones legales no han sido derogadas.

Aunque en la actualidad aun persiste la práctica arcaica de escribir el topónimo “Neyba” con “y” intercalada; en definitiva, la forma correcta de escribir el nombre del municipio cabecera de la provincia Bahoruco, es “Neiba”, con “i”. /Tomado de Neyba Informativo/.

Por Edwin J. Acosta.,
18 Septiembre, 2018
/Tomado de Neyba Informativo/.

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