EL NOTARIADO EN EL MUNICIPIO DE BARAHONA. La práctica de nuestros notarios II (22 de 22)


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De conformidad con el análisis realizado a los 67 artículos de la Ley del Notariado, se logró determinar que el cumplimiento de 40 artículos son responsabilidad de los notarios, los cuales fueron considerados para los fines de la investigación, ya que los restantes 27 corresponde cumplirlos o aplicarlo a otros actores o instancias, como son: la Suprema Corte de Justicia, Juzgado de Primera Instancia, Juzgado de Paz, Procurador Fiscal, entre otros. 

A continuación presentamos un resumen sobre la proporción en que los notarios del Municipio de Barahona Cumplen la Ley 301-64 o Ley del Notariado y las posibles causas de la situación encontrada.

Cumplimiento de la Ley del notariado por parte de nuestros notarios.

Un hallazgo importante a resaltar es el hecho de que ninguno de los notarios cumple a cabalidad con la misma, sino que hay notarios que cumplen totalmente algunos artículos, otros los cumplen parcialmente y la mayoría no cumple con 16 artículos de los 40 que les corresponde cumplir.

Posibles Causas de la Situación del Notariado en el Municipio de Barahona al año 2010.

Uno de nuestros objetivos generales fue establecer las causas de la situación del notariado en el Municipio de Barahona al año 2011. Luego de analizar las respuestas a las preguntas formuladas a nuestros notarios, podemos señalar como causas de la situación encontrada las siguientes: negligencia de los notarios, falta de supervisión y falta de incentivo económico. Nos explicamos:

1. Negligencia de los notarios cuando, conociendo las disposiciones de la Ley del Notariado vigente no las cumplen, como en los casos siguientes:

* 32.35% de nuestros notarios ejerce sin tener estudio abierto (Art. 12).

* 100% no prepara el cuadro de las Personas Interdictas (Art. 19).

* El 100% de las actas tienen los datos incompletos.

* En los actos relativos a los bienes inmuebles son incompletos en un 100% (Art. 21).

* Los 10 actos hipotecarios observados, solo 3 (30%) contienen los datos completos y los restantes 7 (70%) incompletos (Art. 28).

* La forma de conservar los actos notariales no ofrece seguridad alguna, ya que 20 notarios (83.33%) los guardan sueltos en carpetas (folders), y 3 notarios (12.50%) los conservan en el computador. Sólo 6 (25%) de los notarios guarda los documentos en archivos de metal (artículos 40 y 52);


* El protocolo como lo describe la ley no existe entre nuestros notarios y sólo 4 (16.67%) de los mismos conservan las actas enganchadas en carpetas (artículos 34 a 39);

* 91.67% de nuestros notarios no lleva el registro de los actos bajo firma privada ni numera correctamente las actas protocolizadas (artículos 33 y 35);
* El 100% de los notarios no usa el libro índice de los actos auténticos, alegando que “no se usa” (artículos 41 y 42); y

* 88.24% no cobra sus honorarios de acuerdo a la tarifa vigente (artículos 65 y 67).

Falta de supervisión

Preguntados sobre la frecuencia con que son visitados por el Procurador Fiscal para verificar el estado de los archivos y las condiciones del protocolo como lo ordena la ley en su artículo 64, sólo 1 (2.94%) de los 34 notarios entrevistados dice recibir “a veces” la visita del Procurador Fiscal, los restantes 33 (97.06%) dicen que nunca. Consultado uno de los procuradores fiscales adjuntos sobre el cumplimiento del artículo 19 de la ley 301-64, el mismo declaró que en los años que lleva laborando en la fiscalía, jamás a oído hablar de los notarios.

Falta de incentivo económico

Tres hechos demuestran que nuestros notarios no encuentran incentivo económico en el ejercicio del notariado:

* 100% ejerce el derecho paralelamente al notariado y el 41.17% y 14 de ellos realiza otras actividades económicas;

* 97.06% dice que considera insuficientes los precios fijados por la tarifa para el cobro de sus honorarios; y

* 73.53 % (25 de 34) sugiere que sea revisada la tarifa y modificada la ley para que los honorarios por ella fijados sean ajustados a la realidad socioeconómica del momento.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Los hallazgos de la investigación de campo nos ofrecen una visión de la situación del ejercicio del notariado en el municipio de Barahona al año 2011, por lo que podemos asegurar que los objetivos para la misma se han cumplido satisfactoriamente. Al comparar la realidad así encontrada (el ser) con el análisis de la Ley del Notariado vigente (el deber ser) hemos de concluir de forma particular sobre cada uno de los objetivos propuestos.

Objetivo1

En cuanto al objetivo 1, que busca "Determinar en qué medida los notarios del municipio de Barahona cumplen la Ley del Notariado vigente en la República Dominicana", se establece que ninguno de los 34 notarios colaborantes cumple con los 40 artículos que la Ley les ordena cumplir; ya que se encontró que 100% de los Notarios cumple el 37.50% de los artículos de la Ley; igual porcentaje, un 100 de los notarios, deja de cumplir 16 artículos para el 40% de los mismos, y los restantes artículos son cumplidos parcialmente, tanto en su contenido con en el número de notarios.

Objetivo 2

De acuerdo al objetivo 2, que pretende "Establecer las causas de la realidad encontrada", se han podido identificar tres razones principales: Negligencia de los Notarios, Falta de Supervisión y Falta de Incentivo Económico.

La situación del ejercicio del notariado al año 2011 resulta a todas luces perjudicial para la seguridad jurídica de la sociedad y, por lo que se desprende de nuestras conclusiones, nos encontramos en condiciones de emitir como sugerencias de solución a la misma las siguientes recomendaciones.

A nuestros Notarios:

o Abocarse a cumplir cada una de las disposiciones de la ley que regula su ejercicio;

o Revisar constantemente la Ley del Notariado para hacer un mejor ejercicio de su ministerio.

A la Suprema Corte de Justicia:

o Emprender acciones en pro de la concienciación en los aspectos técnicos y éticos de nuestros notarios que contribuya a garantizar un ejercicio de calidad en favor de la seguridad jurídica de los requirentes.

A la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de Barahona:

o Encargar a uno de sus Procuradores Fiscales Adjuntos la supervisión del trabajo de los notarios, con el fin de asegurar un ejercicio notarial con la calidad que la seguridad jurídica que la sociedad requiere.

A nuestras universidades, Autónoma de Santo Domingo y Católica Tecnológica de Barahona:

o Emprender acciones formativas que sirvan como plataforma académica de reforzamiento a nuestros notarios.

ÀGUEDA REMÌREZ DE RODRÌGUEZ.
30 ABRIL, 2018: 

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