Rechazan variar medida prisión preventiva a hombre abofeteó agente de la Amet


EN  BARAHONA, (República Dominicana), 03 Agosto, 2017: El juez del Juzgado de  la Instrucción de este distrito judicial, rechazó variar la medida de coerción de prisión preventiva por otra  menos gravosa como la presentación periódica o garantía económica, a un hombre que abofeteó y encañonó un  agente de la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet), puso en peligro la vida de otros miembros de la institución y de personas que pasaban por el lugar donde ocurrió el incidente.

La variación de la medida  fue formulada  por los abogados del imputado, Tomas David Sánchez Pineda, quien está acusado de   violación a los artículos 305,309 y 311 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 67 y 79 de la nueva Ley 631-16, sobre armas y municiones. 

Una publicación del portal local El Comunicador del Sur, señala que el hecho ocurrió el pasado 3 de mayo del año en curso en la calle Luis E. Delmonte de esta ciudad, cuando el joven fue detenido por el agente, lo que originó una discusión entre, resultando abofeteado el uniformado.

Tanto la Fiscalía como el agente agredido y otras personas, consideraron en la audiencia que el imputado resulta ser un peligro, tanto para ellos como para la sociedad.

En tanto que los abogados de la defensa técnica de Sánchez Pineda, explicaron al tribunal,  que la medida de coerción debe ser proporcional al hecho, y que el cual no es grave, sino más bien correccional, por lo que mantenerlo en prisión, se vería como una pena anticipada.

De acuerdo al mismo portal, Sánchez Pineda, pidió perdón al agente que abofeteó, a la sociedad y al tribunal, señalando que esta estaba arrepentido de todo lo que había sucedido, cosa que echó a , tras ponerse de pie del banquillo y pronunciar palabras descompuestas, cuando la otra parte exponía  sus argumentos.

El juez Joselin Medina Pérez, en su motivación, entendió  que no solamente se trató de una bofetada, sino de que el imputado haló un arma de fuego que mantuvo por minutos en mano en una actitud agresiva, que violentó la paz pública y puso en peligro la vida de muchas personas, por lo que dictaminó, no ha lugar a la variación de la medida de coerción.

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