Gobierno oficializa traspaso de los hospitales del IDSS a la red única pública
EN SANTO DOMINGO, 13 agosto, 2016,. El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 200-16 que crea la Comisión para la Integración de la Red Única de Servicios Públicos de Salud, que tiene como objetivo la conducción del traspaso de activos y pasivos de los establecimientos y servicios de atención de salud del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) al Servicio Nacional de Salud, en cumplimiento con la Ley 123-15 que ordena la creación de la red única pública.
En lo adelante, los más de 26 centros de salud del IDSS pasarán a ser administrados por el Servicio Nacional de Salud, consolidando en una sola administración y gerencia la operación de todos los establecimientos de salud del sector público.
Adicionalmente, con esta Red Única se consolida la separación de funciones entre el Ministerio de Salud Pública, encargado de la rectoría del sistema y de la salud colectiva, y el Servicio Nacional de Salud, encargado de la administración de las redes y los establecimientos de atención.
El decreto 200- 16 en su artículo 2, establece que dicha comisión estará integrada por el Ministerio de la Presidencia, quien la coordinará; el titular de Salud Pública; el director general de Presupuesto; el viceministro de Hacienda; el director del Instituto Dominicano de Seguro Social; el director del Servicio Nacional de Salud y por el director del Seguro Nacional de Salud.
La Comisión podrá solicitar la colaboración técnica de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, del Ministerio de Administración Pública, de la Dirección General Bienes Nacionales, la Dirección de Contabilidad Gubernamental, la Dirección General de Catastro Nacional, así como de otros organismos del Estado pertinentes al cumplimiento del presente Decreto.
Durante el proceso de unificación de la red, la comisión consultará a los gremios de salud, a los fines de conocer sus planteamientos y recomendaciones sobre las medidas concernientes a la unificación de cargos y salarios del personal.
La Comisión tendrá un plazo máximo de 120 días, a partir del 12 de agosto de 2016, fecha de promulgación del presente decreto, para el cumplimiento de sus objetivos, y rendirá un informe mensual al Presidente de la República sobre los avances de este proceso.
La Comisión cumplirá los siguientes objetivos específicos:
a. Establecer los activos y pasivos correspondientes a los establecimientos y servicios que actualmente son administrados dos por la Prestadora de Servicios de Salud (PDSS), como unidad administrativa del IDSS, y proponer al Ejecutivo los mecanismos y procedimientos para su garantía y preservación, hasta completar su integración al Servicio Nacional de Salud.
b. Conducir el proceso de integración y unificación de los cargos del personal, respetando los derechos adquiridos de los profesionales, del personal asistencial y trabajadores administrativos del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y del IDSS, aplicando las políticas salariales y de gestión de recursos humanos establecidas.
c. Apoyar técnicamente al Servicio Nacional de Salud para la profesionalización y fortalecimiento de las capacidades de administrativa los establecimientos, y el desarrollo de las redes de servicios por niveles de atención.
d. Establecer los criterios de integración en redes de los establecimientos del IDSS y los del Servicio Nacional de Salud.
/LISTIN DIARIO/