La Corte Interamericana y la Constitución Dominicana‏


La celebración del  170 aniversario de la redacción de la primera constitución dominicana, del 6 de noviembre de 1844  encuentra al  país en medio de un espectro mediático en la comunidad internacional por la decisión tomada recientemente por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos  donde  declara  culpable a la Republica DominicanaPor el  caso de un grupo de personas que dijeron haber sido repatriadas hacia  Haití de manera irregular en 1999 , alegando la corte   que nuestra nación debe de  modificar su Constitución o carta magna para permitir la adquisición de la nacionalidad dominicana a  los hijos de extranjeros en situación migratoria irregular nacidos en este territorio.


Por que  si esta sentencia de este organismo Internacional está fechada según medios de prensa,  desde el  28 de agosto,  fue  dada a conocer casi dos meses después de ser emitida, cerca de celebrarse la conmemoración de esta fecha histórica para el país como lo es el “6 de noviembre” todo parece formar parte de un plan  que se ha venido desarrollando  departe de algunos sectores de la comunidad internacional con la intensión de vulnerar  y  desacreditando la soberanía, de la nación dominicana contemplada en el primer artículo de  la nueva  constitución donde establece que el pueblo dominicano constituye una nación organizada en estado libre e independiente.

A partir de la sentencia 168-13 emitida por el tribunal constitucional, el mundo  tiene los ojos puesto en este territorio de 48, 444 k/m como una forma de presionar a nuestras autoridades dominicana para cargar con un fenómeno histórico-social que no nos pertenece, “ La Migración Haitiana”

Desde que fue redactada la constitución dominicana se establecieron los principios de nación, de país, de un estado organizado y no es verdad que nuestras autoridades gubernamentales, legislativas y judiciales se van a ver en la obligación una vez más de modificar nuestra carta magna, y mucho menos por atender a intereses y demandas internacionales.

La actual Constitución dominicana, vigente desde el 26 de enero de 2010, excluye de manera explícita en su artículo 18 la nacionalidad dominicana por jus solis a “los hijos e hijas de extranjeros que residan ilegalmente en territorio dominicano”.

Esa decisión por parte de la corte es una falta de respeto a la soberanía nacional, a la independencia del estado, que tiene todo el derecho de establecer sus mecanismo de control migratorio; en siglos  pasados las naciones  realizaban grandes construcciones  entre ellas muros y murallas para evitar la entrada de personas de otros pueblos, evitar la influencia e imposición de otras culturas, influencia social y política ya sea por conflicto militar o socio-comercial, pero lo cierto es que estos mecanismos eran respetado y podemos citar como ejemplo la muralla China y el muro de Berlín.

Sin embargo los tiempos han cambiado y vivimos en una era globalizada donde no se  construyen  infraestructuras en algunas fronteras del mundo pero existen sus leyes de control migratorio y son respectada; por que las leyes dominicana no pueden ser respetadas también; porque los organismos internacionales no entiende de una vez y por todo que RD es una nación como cualquier otra y que no tiene que cargar con una carga que no ha comprado?  RD cuenta con  una infraestructura judicial defina; quien es la corte interamericana para alegar  que  tenemos que modificar una vez más nuestra constitución?

La corte  habla de un caso ocurrido hace 14 años y luego aterriza en el caso de la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional Dominicano  aludiendo automáticamente a la ley 169-14; todo indica formar parte de una estrategia para seguir presionando a este país con  respeto a la sentencia, situación esta que no solo el gobierno, sino mas bien el pueblo dominicano no le va a permitir.

No me explico porque la comunidad internacional no cuestiona como lo hace con nuestro país a los mas 25 países de conforman Unión Europea donde ninguno concede de manera automatizada la nacionalidad de alguien por el simple hecho de haber nacido en su jurisdicción territorial.

Es cierto que RD forma parte de ese organismo, pero nuestras leyes deben de ser respetadas para garantizar el estado libre, democrático y de derechos que nos faculta la carta margan.

POR EDGAR HEREDIA
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