En el 63 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Por Luis M. Rodríguez (Radhamés)
Este sábado, 10 de diciembre, se cumplen 63 años de la aprobación y proclamación, por parte de la Asamblea General de las Naciones, de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Esta asamblea se efectuó en Paris, capital de Francia, el 10 de enero del 1948.
Para entender mejor el extraordinario valor de la Declaración Universal de Derechos Humanos, hay que recordar que el contexto de su aprobación y proclamación era el de un mundo que recién acababa de conocer una guerra mundial, del holocausto nazis contra los judíos y del uso por primera vez de la bomba atómica por parte de EE.UU. en contra del pueblo japonés, todo lo cual había dejado en unos 6 años la muerte de alrededor de 50 millones de seres humanos, 21 de los cuales fueron soviéticos.
La Declaración consta de un preámbulo y 30 artículos, los cuales recogen derechos humanos esenciales en los ámbitos político, económico, social, cultural y de género.
En su preámbulo se establece como elevada aspiración el advenimiento de un mundo libre de miseria y temores y el establecimiento de un régimen de derecho protector permanente de los derechos humanos, para así evitar que el hombre y la mujer se vean compelidos al “supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”.
Cabe indicar que su valor y viabilidad trasciende al día de hoy. Reconocido sólo de manera formal por muchos gobiernos, su realización es propósito a materializar por nuevas y futuras generaciones. Su logro tornará más justa y humana la existencia de la población mundial y la relación entre estados, gobiernos y la familia humana.
Este sábado, 10 de diciembre, se cumplen 63 años de la aprobación y proclamación, por parte de la Asamblea General de las Naciones, de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Esta asamblea se efectuó en Paris, capital de Francia, el 10 de enero del 1948.
Para entender mejor el extraordinario valor de la Declaración Universal de Derechos Humanos, hay que recordar que el contexto de su aprobación y proclamación era el de un mundo que recién acababa de conocer una guerra mundial, del holocausto nazis contra los judíos y del uso por primera vez de la bomba atómica por parte de EE.UU. en contra del pueblo japonés, todo lo cual había dejado en unos 6 años la muerte de alrededor de 50 millones de seres humanos, 21 de los cuales fueron soviéticos.
La Declaración consta de un preámbulo y 30 artículos, los cuales recogen derechos humanos esenciales en los ámbitos político, económico, social, cultural y de género.
En su preámbulo se establece como elevada aspiración el advenimiento de un mundo libre de miseria y temores y el establecimiento de un régimen de derecho protector permanente de los derechos humanos, para así evitar que el hombre y la mujer se vean compelidos al “supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”.
Cabe indicar que su valor y viabilidad trasciende al día de hoy. Reconocido sólo de manera formal por muchos gobiernos, su realización es propósito a materializar por nuevas y futuras generaciones. Su logro tornará más justa y humana la existencia de la población mundial y la relación entre estados, gobiernos y la familia humana.