Cury dice urge modificar ley sobre Casación
SANTO DOMINGO.-El jurista Julio Cury consideró este jueves que debe modificarse el numeral c) del párrafo II del artículo 5 de la Ley No. 491-08, sobre Procedimiento de Casación, que prohíbe el ejercicio de ese recurso contra las sentencias cuyas condenaciones no excedan de 200 salarios mínimos.
Sostuvo que ese obstáculo constituye un elemento discriminatorio que aunque tiene por propósito descargar de trabajo a la Suprema Corte de Justicia, está dando lugar a condenaciones abusivas “porque jueces de fondo, en lugar de relatar, como exige la ley, los hechos y circunstancias de los cuales infirieron la existencia del perjuicio, y de ofrecer los motivos particulares en mérito de los cuales fijan la indemnización, están imponiendo caprichosamente condenaciones por debajo de dos millones de pesos, conscientes de que de ese modo sus decisiones escapan al control de la casación”, expuso Cury.
Alegó que algunas cortes de apelación, y citó entre ellas la de San Pedro de Macorís, están dictando sentencias “aberrantes y vergonzosas”, porque “no identifican los elementos de hecho en virtud de los cuales forman su convicción, ni valoran de forma concreta los daños sufridos por las víctimas, ni ofrecen como exige la ley motivos suficientes y específicos para justificar las indemnizaciones que acuerdan”.
El renombrado jurista fue entrevistado en el Comando de Campaña del Partido Revolucionario Dominicano, luego de participar en una rueda de prensa del Consejo Asesor Presidencial, del cual es miembro.
Explicó que esos tribunales, para evitar que sus sentencias sean examinadas por la Suprema Corte de Justicia en funciones de Corte de Casación, fijan deliberadamente la condenación por debajo del límite de los 200 salarios mínimos, que es el que dispone la Ley No. 491-08, y añadió que aunque esas decisiones caracterizan el vicio de insuficiencia de motivos y de base legal, no es posible recurrirlas en casación.
“Pienso que ese obstáculo económico es perturbador para la buena administración de justicia; contra ningún fallo debería impedirse el recurso de casación, que es el más importante del sistema, ya que determina si la ley fue bien o mal aplicada por los tribunales ordinarios. Y mucho menos debería prohibirse ese recurso por razones de tipo monetario, pues lo que es poco para unas personas, puede ser mucho o todo para otras”, expresó el jurista y asesor del Ing. Hipólito Mejía.
Sostuvo que ese obstáculo constituye un elemento discriminatorio que aunque tiene por propósito descargar de trabajo a la Suprema Corte de Justicia, está dando lugar a condenaciones abusivas “porque jueces de fondo, en lugar de relatar, como exige la ley, los hechos y circunstancias de los cuales infirieron la existencia del perjuicio, y de ofrecer los motivos particulares en mérito de los cuales fijan la indemnización, están imponiendo caprichosamente condenaciones por debajo de dos millones de pesos, conscientes de que de ese modo sus decisiones escapan al control de la casación”, expuso Cury.
Alegó que algunas cortes de apelación, y citó entre ellas la de San Pedro de Macorís, están dictando sentencias “aberrantes y vergonzosas”, porque “no identifican los elementos de hecho en virtud de los cuales forman su convicción, ni valoran de forma concreta los daños sufridos por las víctimas, ni ofrecen como exige la ley motivos suficientes y específicos para justificar las indemnizaciones que acuerdan”.
El renombrado jurista fue entrevistado en el Comando de Campaña del Partido Revolucionario Dominicano, luego de participar en una rueda de prensa del Consejo Asesor Presidencial, del cual es miembro.
Explicó que esos tribunales, para evitar que sus sentencias sean examinadas por la Suprema Corte de Justicia en funciones de Corte de Casación, fijan deliberadamente la condenación por debajo del límite de los 200 salarios mínimos, que es el que dispone la Ley No. 491-08, y añadió que aunque esas decisiones caracterizan el vicio de insuficiencia de motivos y de base legal, no es posible recurrirlas en casación.
“Pienso que ese obstáculo económico es perturbador para la buena administración de justicia; contra ningún fallo debería impedirse el recurso de casación, que es el más importante del sistema, ya que determina si la ley fue bien o mal aplicada por los tribunales ordinarios. Y mucho menos debería prohibirse ese recurso por razones de tipo monetario, pues lo que es poco para unas personas, puede ser mucho o todo para otras”, expresó el jurista y asesor del Ing. Hipólito Mejía.