Senadores convierten en ley reforma fiscal del Gobierno
El Senado convirtió este miércoles en ley el proyecto de reforma fiscal que buscar recaudar al menos 9 mil 600 millones de pesos para cubrir el déficit del Gobierno y mantener el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Fue liberado de todo trámite y aprobado en una sola lectura porque solo fue para acoger las enmiendas que hizo la Cámara de Diputados.
Las nuevas medidas impositivas entrarán en vigencia inmediatamente sean promulgadas por el Poder Ejecutivo.
Los senadores acogieron las modificaciones que hizo la Cámara de Diputados al proyecto que consistieron en excluir de la pieza el cobro de 1.5 pesos por cada mil que se retire en efectivo de los bancos y aumentó de 27 a 29 el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las personas jurídicas.
El proyecto fue sancionado hoy en la mañana en segunda lectura por los diputados. Según lo aprobado, de ahora en adelante las zonas francas tendrán que pagar un impuesto de 2.5 % por concepto de ISR sobre el valor de las ventas brutas realizadas por esas empresas en el mercado local.
Igualmente, se establece un impuesto como régimen simplificado para el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) a la operación de los casinos de juegos legalmente establecidos, basados en el número de mesas de operación, de acuerdo a una escala.
Los casinos con un volumen de mesas comprendidas entre una y 15 mesas pagarán mensualmente RS$32,500 por cada mesa, los que tengan volumen entre 16 y 35 pagarán RD$37,500 y de 36 mesas en adelante RD$50 mil por cada mesa.
A las bancas de lotería se impuso un único gravamen anual de RD$35 mil y en adición un gravamen de un uno por ciento sobre las ventas u operaciones brutas de estos negocios y el pago de RS$200 mil por concepto de registro o pago inicial de operaciones.
En tanto, para las bancas de apuestas deportivas radicadas en las áreas metropolitanas del Distrito Nacional, provincias Santo Domingo, San Cristóbal, Santiago, Duarte, Puerto Plata y La Vega deberán pagar RD$225 mil anuales por impuesto de operación. Los demás negocios establecidos en otros puntos del país, pagarán RD$150 mil cada año,
Como permiso de operación todas las bancas deportivas tendrán que pagar RD$500 mil y un uno por ciento adicional a las ventas brutas.
Además, se aprobó establecer un impuesto como régimen simplificado para el pago del ISR de 5% sobre las operaciones brutas de cada máquina tragamonedas en operación, instalada legalmente, sin importar su ubicación geográfica.
De acuerdo al compromiso establecido por el Gobierno, el Estado, durante 10 años, no autorizará la instalación de nuevas bancas de apuesta en deportes ni de lotería, a partir de la promulgación de esta ley y se establece un plazo de un mes para las que no tengan el permiso emitido, lo gestionen o de lo contrario se considerarán ilegales.
Otro gravamen aprobado fue al de la organización de juegos telefónicos por el cual el titular de la licencia deberá pagar un 10% mensual sobre la base de sus operaciones provenientes de las ventas brutas, sin importar la localización en donde se desarrolle la actividad.
Igualmente se establece un gravamen a los juegos por Internet de un 10% mensual sobre la base de sus operaciones o ventas brutas provenientes de todos los juegos que se realicen por internet, el cual deberá ser pagado por el propietario del juego, tomando en consideración la dirección de Internet o web site, autorizada por el Ministerio de Hacienda, sin importar el lugar en que se desarrolle la actividad.
Fue liberado de todo trámite y aprobado en una sola lectura porque solo fue para acoger las enmiendas que hizo la Cámara de Diputados.
Las nuevas medidas impositivas entrarán en vigencia inmediatamente sean promulgadas por el Poder Ejecutivo.
Los senadores acogieron las modificaciones que hizo la Cámara de Diputados al proyecto que consistieron en excluir de la pieza el cobro de 1.5 pesos por cada mil que se retire en efectivo de los bancos y aumentó de 27 a 29 el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las personas jurídicas.
El proyecto fue sancionado hoy en la mañana en segunda lectura por los diputados. Según lo aprobado, de ahora en adelante las zonas francas tendrán que pagar un impuesto de 2.5 % por concepto de ISR sobre el valor de las ventas brutas realizadas por esas empresas en el mercado local.
Igualmente, se establece un impuesto como régimen simplificado para el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) a la operación de los casinos de juegos legalmente establecidos, basados en el número de mesas de operación, de acuerdo a una escala.
Los casinos con un volumen de mesas comprendidas entre una y 15 mesas pagarán mensualmente RS$32,500 por cada mesa, los que tengan volumen entre 16 y 35 pagarán RD$37,500 y de 36 mesas en adelante RD$50 mil por cada mesa.
A las bancas de lotería se impuso un único gravamen anual de RD$35 mil y en adición un gravamen de un uno por ciento sobre las ventas u operaciones brutas de estos negocios y el pago de RS$200 mil por concepto de registro o pago inicial de operaciones.
En tanto, para las bancas de apuestas deportivas radicadas en las áreas metropolitanas del Distrito Nacional, provincias Santo Domingo, San Cristóbal, Santiago, Duarte, Puerto Plata y La Vega deberán pagar RD$225 mil anuales por impuesto de operación. Los demás negocios establecidos en otros puntos del país, pagarán RD$150 mil cada año,
Como permiso de operación todas las bancas deportivas tendrán que pagar RD$500 mil y un uno por ciento adicional a las ventas brutas.
Además, se aprobó establecer un impuesto como régimen simplificado para el pago del ISR de 5% sobre las operaciones brutas de cada máquina tragamonedas en operación, instalada legalmente, sin importar su ubicación geográfica.
De acuerdo al compromiso establecido por el Gobierno, el Estado, durante 10 años, no autorizará la instalación de nuevas bancas de apuesta en deportes ni de lotería, a partir de la promulgación de esta ley y se establece un plazo de un mes para las que no tengan el permiso emitido, lo gestionen o de lo contrario se considerarán ilegales.
Otro gravamen aprobado fue al de la organización de juegos telefónicos por el cual el titular de la licencia deberá pagar un 10% mensual sobre la base de sus operaciones provenientes de las ventas brutas, sin importar la localización en donde se desarrolle la actividad.
Igualmente se establece un gravamen a los juegos por Internet de un 10% mensual sobre la base de sus operaciones o ventas brutas provenientes de todos los juegos que se realicen por internet, el cual deberá ser pagado por el propietario del juego, tomando en consideración la dirección de Internet o web site, autorizada por el Ministerio de Hacienda, sin importar el lugar en que se desarrolle la actividad.